II Jornadas de Derecho de Familia en Murcia.

Los  próximos días 16 y 17 de abril de 2015 se celebrarán en Murcia  las II Jornadas de Derecho de Familia organizadas por Lola Lopez-Muelas,  excelente abogada de familia asociada a la AEAFA  y que se ya encargo el año pasado de organizarlas por primera vez, con un rotundo éxito.

He tenido el honor de haber sido invitada por Lola a participar en la mesa redonda  “Crisis Económica y Pensión Alimenticia: fijación, reducción  y extinción. Modificación de medidas. Pensiones de los hijos mayores en situación de desempleo, las ejecuciones por impago»  junto con los Magistrados  Dña. Fátima Saura Castillo (Magistrada del Jdo. de Violencia de Murcia), D. Enrique Domínguez  López (Magistrado del Jdo. de 1ª Inst. nº 3 de Familia de Murcia), Dña. Pilar Gonzálvez Vicente (Magistrada de la A.P.  Secc 22 de Madrid).  Mi exposición versará sobre como se está tratando en Cataluña esta cuestión, cuáles son los mínimos vitales que se están aplicando en las diferentes provincias catalanas y  que  resultados he tenido en una encuesta realizada a algunos de los Juzgados de Familia de Barcelona sobre dicha cuestión.

Además de nuestra mesa redonda, en las Jornadas intervendrán como ponentes D. Luis Rebolledo Varela (Catedrático  de Derecho Civil de la Universidad de Santiago de Compostela), D. Francisco Ruiz-Jarabo Pelayo, (Magistrado de Juzgado de Familia nº 25 de Madrid),  Dña. Mercedes Caso Señal (Magistrada. Decana de los Juzgados de Barcelona), D. Francisco Javier Forcada Miranda, (Magistrado) y  Dña. Mila Arch Marín, (Doctora en Psicología Clínica y de la salud y perito forense. Los temas que se trataran serán los siguientes:

-Los Derechos hereditarios del cónyuge  y de los hijos: problemas prácticos sobre legítimas y otras cuestiones.

-El abuso del Derecho en el Derecho de Familia.

-La custodia compartida. ¿Quo vadis? Ventajas e inconvenientes desde la práctica.

-El papel del representante en España en la Red Internacional de Jueces de la Conferencia de la Haya.

-La evaluación pericial en el ámbito de familia: requisitos y valoración. Impugnación de los informes psicológicos.

– Crisis Económica y Pensión Alimenticia: fijación, reducción  y extinción. Modificación de medidas. Pensiones de los hijos mayores en situación de desempleo, las ejecuciones por impago.

Prometen ser unas jornadas muy interesantes para todos los que nos dedicamos al derecho de familia. Gracias al buen hacer de su organizadora, ya han confirmado su asistencia mas de 150  abogados especializados de Barcelona, Madrid, Malaga, Almeria y otras ciudades españolas que  se desplazaran entre hoy y mañana a Murcia, convirtiéndola por unos días en el centro del estudio del derecho de familia de este pais. De este modo se demuestra que una buena organización y un excelente programa hacen que los profesionales del derecho de familia se desplacen a cualquier lugar de España.

Las Jornadas  culminarán con la presentación del libro “Sustracción Internacional de Menores y el proceso legal para la restitución de menor” de mi compañera y amiga Carolina Marín Pedreño, una de las mayores expertas internacionales en sustracción internacional. Tengo el honor de colaborar con Carolina en la A.C.F. (Asociación Colaborativa de Abogados de Familia) (http://www.abogadoscolaborativosdefamilia.com) y en ASIME (Asociación de profesionales contra la Sustracción Internacional de Menores), asociación de reciente creación a la que Carolina donará la mitad del importe que obtenga de sus ventas.

Para finalizar deciros que no puedo más que agradecer a Carolina su generosidad y a Lola López-Muelas su tesón y esfuerzo en la organización de las misma y, por su puesto, su invitación a participar en la mesa redonda.

Os adjunto el programa para quien este interesado en conocerlo

Derecho Colaborativo: ¿El futuro en la resolución de conflictos?

Os presento un extracto de mi artículo  «Derecho Colaborativo: ¿El futuro en la resolución de conflictos?»  que ha sido publicado en Lawyerpress el pasado día 25 de Marzo.

El Derecho Colaborativo surge en EEUU hace 20 años cuando un abogado, cansado de acudir a los Tribunales, decidió promover un método novedoso: Intentaría llegar a un acuerdo con la otra parte y su abogado y, si no lo conseguía, renunciaría a acudir a los Tribunales.

El derecho  colaborativo es un proceso que se utiliza para resolver asuntos legales basado en la negociación en equipo entre los abogados, sus clientes y otros profesionales (notarios, economistas, graduados sociales, psicólogos, pedagogos, coaches, mediadores, , terapeutas…). Todos ellos deben colaborar para alcanzar un acuerdo y es particularmente efectivo en rupturas de parejas, conflictos sucesorios, problemas mercantiles y negociaciones societarias, ya que fomenta la comunicación y preserva el vinculo, posibilitando la continuidad de la relación en el futuro.

El equipo inicia su trabajo firmando un contrato por el que los abogados se comprometen a que, en el caso de no llegar a un acuerdo,  no podrán representar a sus clientes en un futuro procedimiento judicial. El resto de los miembros del equipo también se comprometen a no acudir a los  Tribunales.

Las partes y sus abogados pueden hablar libremente durante estas reuniones pues existe también el compromiso firmado de que ningún documento podrá ser aportado a un posterior proceso ya que para obtener un acuerdo, es fundamental la máxima transparencia y  el intercambio de información y documentación relevante. Si se necesitan otros profesionales como coachs o asesores financieros, las partes acuerdan su contratación en lugar de contratar a dos expertos rivales y las reuniones son confidenciales para garantizar una comunicación franca y eficiente.

Sin duda, creo firmemente que la práctica colaborativa cambiará la forma de resolver los conflictos convirtiéndose en una opción mas para ofrecer a nuestros clientes.

En www.lawyerpress.com encontrarás mi artículo completo.  Adjuntamos link.

http://lawyerpress.com/news/2015_03/2503_15_012.HTML

Los procedimientos contenciosos se han incrementado. ¿Qué está pasando?

Los procedimientos contenciosos se han incrementado.  Tengo 9 juicios en 10 días ¿Cómo es posible? 

Los procedimientos contenciosos se han incrementado a pesar que desde la Administración de Justicia se está haciendo un importante esfuerzo por fomentar la mediación judicial familiar, en su intento por descolapsar los juzgados de familia. Pero a mí se me plantea la siguiente pregunta ¿Cómo es posible que, pese a potenciarse la resolución alternativa de los conflictos, los procedimientos contenciosos se hayan incrementado mas de un 60% en nuestro despacho? ¿Por qué cada vez con más frecuencia los progenitores no son capaces de alcanzar un acuerdo que les permita evitarse el trago amargo de un juicio?

Hacía años que no tenía 9 juicios en 10 días… ¿cómo es posible? Es evidente que algo falla: a veces son las madres quienes, como custodias, creen que poseen el poder absoluto para decidir sobre la educación de sus hijos ignorando por completo al padre; otras veces son los padres quienes creen que, después de varios años sin estar con sus hijos ni un solo día, pueden venir y llevárselos de vacaciones, sin tener en cuenta que, para sus hijos, se ha convertido en un extraño; otras veces resulta que ese progenitor que ha dejado durante años que los abuelos “les solucionaran la papeleta” e hicieran de “canguros gratuitos”, deciden de repente que ya no tienen porque ver a un nieto que han criado…

Y yo me pregunto ¿Dónde vamos a llegar cuando los adultos no son capaces de dejar de pensar en ellos mismos? ¿Cuándo vamos a dejar de considerar que los hijos son “míos” en lugar de nuestros¿No se dan cuenta que no pueden dejar el futuro de sus hijos en manos de unas personas que no les conocen y que deben decidir en dos horas lo que será su futuro? Todavía me sorprende que hayan clientes que “necesiten” un juicio para sentirse “ganadores” ¿No se dan cuenta que en una ruptura familiar jamás los hay? 

Sinceramente,  les recomiendo que apliquen el sentido común y regulen ustedes lo que mejor conocen y más quieren: su futuro y el de sus hijos.

Vacaciones de navidad ¿como se reparten?

En menos de un mes empieza el periodo de vacaciones escolares de Navidad y en el despacho ya empezamos a tener las primeras consultas relacionadas con dudas o conflictos entre los progenitores que interpretan de forma distinta su sentencia.

Si el reparto vacacional ha sido establecido de forma detallada ( es decir, indicando día y hora que empieza y finaliza así como el de los intercambios) los progenitores tendrán claros sus derechos y obligaciones y, por tanto, no existirá conflicto alguno.

Ahora bien, en muchos convenios o sentencias únicamente se hace constar que  “las vacaciones de navidad se repartirán por mitades entre ambos progenitores” , sin mas. ¿Qué hemos de hacer en ese caso?

Varios puntos a tener en cuenta:

1.- Las vacaciones de Navidad siempre son las vacaciones escolares de los niños y este año  comprenden  desde el 23 de diciembre, último día lectivo,  hasta el día 8 de enero, día en el que empiezan las clases.

2.- A un progenitor le corresponderá (si no se establece otra cosa en la resolución judicial) desde el 23 a la salida del colegio hasta el día 30 a la hora establecida en la sentencia o convenio y al otro desde el 30 hasta el 8 de enero.

3.-   Normalmente está distribución de vacaciones se suele hacer de forma alterna entre los padres, de tal forma que los años pares corresponde a uno la primera mitad y la segunda en los años impares.

4.- Que pese a que en la sentencia se establezca una distribución concreta, los progenitores pueden cambiarla de mutuo acuerdo, siendo recomendable en estos casos que, al menos, exista un correo electrónico o whatsapp en la que se refleje el cambio acordado.

5.- Que lo recomendable seria conseguir que los hijos disfrutaran de todas las fiestas familiares de sus progenitores  y sus respectivas familias extensas de tal modo que si, por ejemplo, a la madre le corresponde  estar con los niños en nochebuena pero ella no lo celebra y, en cambio, la familia extensa paterna sí lo hace, para proteger el “interés superior de sus hijos” debería ser generosa y dejar que esa noche la celebren siempre con el padre. Del mismo modo si, por ejemplo, los hijos están con el padre y éste no celebra año nuevo y la madre si, debería fijarse que cada año nuevo los peques estuvieran con la madre.

Esperamos que con estas aclaraciones y consejos  los progenitores aparquen sus diferencias durante el periodo navideño y permitan que sus hijos pueden celebrar y disfrutar con ambos.

Tendencias actuales en Derecho de Familia: las XXI Jornadas de la AEAFA.

Los pasados días 7 y 8 de de marzo se celebraron en Madrid las XXI Jornadas de Derecho de Familia que organiza la AEAFA.

Un año más volvió a sorprenderme tanto el altísimo nivel de los ponentes como el número y calidad de los asistentes: casi 500 personas llenaban un inmenso salón del Hotel NH Eurobuilding en el que estaban presentes los mejores juristas especializados en familia de todas las comunidades autónomas españolas (abogados, catedraticos, magistrados, Fiscales y Secretarios Judiciales).

Lo primero que me sorprendió fue el anuncio de que el tantas veces mencionado anteproyecto de custodia compartida no parece que se vaya a aprobar próximamente pues, según las informaciones que se dieron, no está entre las prioridades del Gobierno. Una pena, la verdad, porque pese a que  ejerzo en Cataluña y nosotros ya tenemos como forma preferente la custodia compartida desde hace tres años, muchas otras CCAA esperaban con mucho interés y esperanza dicho anteproyecto.

Las ponencias que durante un día y medio se efectuaron por Magistrados del Supremo, del Constitucional, de diferentes Audiencias Provinciales y Juzgados especializados, dejaron claras las tendencias del derecho de familia actual, que yo sintetizaría en las siguientes conclusiones:

1º.-  La judicatura es cada vez más sensible a considerar que la mejor opción para los hijos es la custodia compartida, si bien la misma no tiene porque equipararse a un reparto idéntico de los tiempos de estancia con ambos progenitores sino de las responsabilidades parentales.

2º.- Que la realidad social avanza a pasos agigantados sin que,  en muchas ocasiones, se pueda dar una adecuada respuesta juridica. Y en este sentido se comentaron la recientes Sentencias del Supremo sobre vientres de alquiler y la filiación de la hija de una pareja lesbiana.

3º.- La ratificación de que las parejas de hecho no se pueden equiparar al matrimonio y que no están protegidas constitucionalmente.

4º.- Los derechos de los abuelos y demás familiares y allegados a relacionarse con los menores, con especial incidencia en los problemas que plantea cuando las relaciones entre los adultos son malas, manifestándose también que  las visitas que se establezcan a favor de estos no pueden ser equiparables a las del custodio.

5º.- Las diferentes formas jurídicas previstas para la protección de las personas con discapacidad, analizándose de forma crítica la actuación de la Fiscalía en este tipo de procedimientos.

6º.- La complejidad cada vez mayor del derecho sucesorio y la existencia de diferentes figuras jurídicas que nos permiten regular nuestra futura posibilidad de devenir incapaces, destacando la utilidad de los poderes preventivos y la autotutela.

7º.- Carolina Marín Pedreño, abogada española y solicitor inglesa, constató que las ADR (Alternative Dispute Resolution) son una realidad cada vez mas frecuente en Inglaterra,  país que además de apostar por la mediación y el arbitraje familiar es la cuna de los “abogados colaboradores” que son aquellos que se comprometen con sus clientes para llegar a un acuerdo sin intervención judicial de tal modo que, si las negociaciones se rompen, las partes deben acudir a abogados diferentes.

8º.- Por último, Javier Pérez Martín, Magistrado del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Córdoba comentó las ultimas tendencias jurisprudenciales y legislativas en derecho de familia, destacando su propuesta (con la que coincido plenamente) de cambiar la tramitación de los procesos de separación y divorcio para que pasen a tramitarse por el procedimiento de Juicio Ordinario que permitiría una mayor garantía y seguridad jurídica a las partes.

En definitiva, esta claro que el derecho de familia avanza a pasos agigantados hacia una complejidad que lo aleja cada vez mas de esa concepción de derecho “fácil” que muchos otros abogados todavía tienen y que hacen absolutamente necesario que las personas que tienen que regular su crisis familiar acudan a un abogado especializado en familia. Por esta línea de especialización sigue apostando nuestro despacho, Círculo Legal, y muestra de ello es que acabamos de reforzar el departamento de familia con la incorporación de la abogada badalonesa Antonia María Viñas, quien acredita una experiencia de más de 30 años en el ejercicio del derecho de familia.

No me queda mas que felicitar al Presidente Gonzalo Pueyo y a la Junta de la AEAFA que han hecho un excelente trabajo organizando estas Jornadas y, en especial, a dos grandes juristas a las que respeto profesionalmente y aprecio mucho personalmente: Gabriela Domingo y Lola Azaustre, organizadoras de las Jornadas a quien no puedo más que volver a expresarles mi profundo agradecimiento por tan brillantemente organización y por permitirme, de este modo, continuar profundizando en mi querido y mal valorado derecho de familia.

Carmen Varela Álvarez ( @CarmenVarelaAlv )

Abogada de Familia en Barcelona

El 8 de noviembre necesitamos tu apoyo: ‘El interés superior del niño’

Los que me conocéis sabéis que siempre he estado muy sensibilizada con los menores, a quienes considero los grandes perjudicados por la judicialización de la ruptura de sus progenitores.

Como socia del Departamento de Familia en Círculo Legal Barcelona, mi interés en protegerlos ha provocado en muchas ocasiones:

  • Mi enojo, porque en nombre «del interés del menor» se adoptaban unas medidas claramente perjudiciales para ellos
  • Mi crítica, por la forma en la que en diversos juzgados se lleva a cabo la exploración del menor
  • Mi frustración, por la poca sensibilidad con la que algunos operadores jurídicos los trataban
  • Y también mi profunda admiración por aquellos que siempre tienen presente que los niños son la parte más vulnerable de cualquier conflicto y que es nuestro deber y obligación mantenerlos al margen del mismo en la medida de lo posible.

Por eso cuando Marc Gericó, de Gericó Associates, y UNICEF me propusieron, una jornada para poder hablar clara y contundentemente de ello y, de paso, colaborar con dicho organismo, nuestro despacho, Círculo Legal y yo misma aceptamos encantados y sin dudarlo porque creemos que es necesario concretar en que consiste ese «interés superior del menor«.

Para ello el próximo 8 de noviembre organizamos la jornada «El interés superior del niño en la práctica jurídica: derecho, principio y procedimiento» a la que me encantaría que asistieras para que, con nosotros, pudieras ayudar a UNICEF a continuar luchando por los niños. Este es el programa del evento:

PROGRAMA

10:00 – 10:05

Presentación de la jornada.

Marc Gericó, Managing Partner de Gericó Associates.

10:05 – 10:15

El trabajo por los derechos del niño desde el ICAB.

Xavier Campà, Presidente de la Sección de Infancia del ICAB.

10:15 – 10:30

La Convención sobre los Derechos del Niño y el papel de UNICEF.

María Truñó, Responsable de Políticas de Infancia de UNICEF Comité Catalunya.

10:30 – 10:50

El interés superior del niño en la práctica de los abogados de familia.

Carmen Varela, Socia Directora del Departamento de familia de Círculo Legal Barcelona.

10:50 – 11:30

El interés superior del niño en la práctica judicial.

Mercedes Caso, Jueza Decana de Barcelona. Ha sido titular del Juzgado nº 19 de Barcelona.

11:30 – 12:00

Debate

DÍA Y LUGAR

Viernes 8 de noviembre de 2013 de 10h a 12h.

Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona: c/ Mallorca, 283 Barcelona, 8a planta.

Entrada gratuita con inscripción previa en: bufete@circulolegal.com y en info@gericoassociates.com

El acto será retransmitido vía streaming en:

www.gericoassociates.com y www.circulolegal.com

Twitter #DretUnicef

Descargar el programa aquí: Jornada Interés superior del niño ICAB 8nov

ORGANIZAN

Carmen Varela Álvarez ( @CarmenVarelaAlv )

Abogada de Familia en Barcelona

¿Se deben incluir las dietas para calcular la pensión alimenticia?

Mucho se ha discutido jurídicamente sobre si las dietas que percibe el pagador de la pensión alimenticia deben contabilizarse o no para establecer el importe de la misma. Argumentos para defender las dos posturas siempre ha habido: los perceptores de las mismas dicen que no se deben incluir ya que son pagos de gastos que han efectuado. Por otro lado, los acreedores de la pensión alimenticia estiman que deben incluirse ya que constituyen ingresos, al tratarse de cantidades abonadas como tales por la empresa.

Pues bien, recientemente la Audiencia Provincial de Orense ha entendido que las dietas forman parte de los ingresos y, por lo tanto, deben tenerse en cuenta para establecer la cuantía de la pensión alimenticia de los hijos.

La sentencia señala que la jurisdicción social ha venido considerando que las dietas ostentan la condición de “extra salarial” siempre que concurran algunos requisitos, entre los que se encuentra su carácter irregular y variable y el hecho de que la empresa las abone al trabajador cuando por orden de esta tenga que desplazarse eventualmente a un lugar distinto de aquel en el que habitualmente lleva acabo la prestación de servicios o radique el centro de trabajo, con el fin de compensar los gastos ocasionados por dicho desplazamiento.

Sin embargo, en el caso examinado en la referida sentencia, las dietas que percibía el padre eran fijas en el tiempo y en su importe por lo que no concuerdan con la definición de dieta que se ha señalado anteriormente y por dicho motivo se incluyen como un concepto salarial más.

En definitiva, cuando se perciban dietas fijas en el tiempo y en el importe que no se justifiquen por desplazamientos al lugar de trabajo, deberán computarse como un ingreso más para calcular la cuantía de la pensión alimenticia.

Carmen Varela Álvarez ( @CarmenVarelaAlv )

Abogada de Familia en Barcelona | Círculo Legal

Recensión de las jornadas de Derecho de Familia de Sevilla

El pasado 3 y 4 de octubre asistí por primera vez a las jornadas de Derecho de Familia que cada año la AEAFA organiza en Sevilla de la mano de María Pérez Galván, gran persona y excelente abogada de familia.

La verdad es que en Barcelona hace tiempo que me habían hablado de las buenísimas jornadas que se organizaban allá, pero pese a haberlo intentado un par de años, finalmente jamás había podido acudir al coincidirme con señalamientos judiciales que,  evidentemente, no podía desatender. Pero este año no tenía, así que me organicé y me fui para Sevilla.

Tengo que reconocer que llegué un poquito tarde a la inauguración de las jornadas y por ello me quedé sorprendidísima cuando, al entrar al enorme salón de actos del Centro Cultural Cajasol, me encontré con un aforo lleno a rebosar y que superaba seguro los 450 asistentes entre los que se hallaban magistrados, secretarios judiciales, representantes del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial y los mejores abogados de familia de las diferentes Comunidades Autónomas españolas.

abogado derecho familia barcelona

Después del «primer impacto» que me produjo el hecho de que 450 profesionales de todos los puntos de España estuvieran interesados por el Derecho de Familia, se iniciaron las ponencias, todas ellas de una calidad excepcional. Pero si tuviera que extraer conclusiones serían, sin duda, las siguientes:

  1. Cada vez son más frecuentes los conflictos judiciales provocados porque un progenitor traslada la residencia del menor sin el consentimiento del otro, siendo necesario explicar y entender que la custodia no da derecho a decidir de forma unilateral el lugar donde va a vivir el menor.
  2. La posibilidad que ofrece el derecho de familia de reclamar indemnización por daños ante la obstrucción por uno de los progenitores del régimen de visitas o la impugnación de paternidad.
  3. La importancia cada vez mayor de la intervención de los «terceros» en el Derecho de Familia y, en especial, la necesidad de regular qué actos de potestad puede ejercer la nueva pareja del progenitor, los derechos de visita que pueda este tener en caso de ruptura de la convivencia o incluso la posibilidad de que, en caso de defunción del progenitor, pueda ostentar la guarda y custodia.
  4. La tendencia cada vez más generalizada a no considerar el derecho de uso atribuido al custodio como una «expropiación al otro copropietario» sino como una medida que debe ser necesariamente limitada en el tiempo planteándose un interesante debate sobre si es posible interponer una acción de precario contra el tercero que convive con el progenitor titular del uso exclusivo de la vivienda familiar.
  5. La recomendación de incluir cláusulas penales en los convenios de mutuo acuerdo para poder asegurar el cumplimiento de los pactos patrimoniales como los de poner en venta la vivienda común, pues sin esas cláusulas, esos pactos se convierten en inejecutables.
  6. La importancia que para abogados y jueces deben tener los dictámenes periciales emitidos por expertos psicólogos forenses como la ponente Doctora Mila Arch para ayudar a fijar el sistema de custodia más adecuado en cada caso.

Las ponencias concluyeron con un emotivo homenaje al prestigioso abogado y jurista Paco Vega Sala quien, a sus 82 años, anunció unos días antes que dejaba de ser presidente de la Societat Catalana d’Advocats de Familia pero que continuaría vinculado como antes tanto a la AEAFA, como a la SCAF.

Por último, y como fantástica clausura, se abrió un foro abierto moderado por el magistrado Javier Pérez Martín, quien, después de anunciar que la AEAFA había nombrado un comité de expertos para elaborar un informe sobre el anteproyecto de custodia compartida que había solicitado el Ministerio de Justicia, se mostró muy interesado en conocer el plan de parentalidad y los problemas prácticos de su aplicación.

En definitiva, las jornadas de Sevilla, volvieron a dejar claro que el Derecho de Familia avanza a pasos agigantados hacia una especialización y complejidad incompatibles con la posibilidad de que abogados no especializados se dediquen a la misma, pues ha dejado de ser aquella rama «fácil» del derecho con la que todos los abogados se atrevían. Y la prueba de ello es que de nuevo se puso sobre la mesa la necesidad de crear una jurisdicción provincial de familia (similar a la mercantil) para evitar que, por razón del domicilio familiar, unos ciudadanos tengan acceso a la especialización y otros no, recordando a los asistentes que existe un anteproyecto que regula su creación.

Pero no sólo eso. Los que me conocéis personalmente sabéis que hace tiempo que defiendo la necesidad de que los procesos matrimoniales dejen de ventilarse por los trámites del juicio verbal y lo hagan por el juicio ordinario ya que eso permitiría mayor claridad procesal y seguridad jurídica. Pues bien, en Sevilla he tenido la satisfacción de conocer que esta necesidad ha sido puesta ya sobre la mesa del legislador por diferentes operadores jurídicos lo que, sin duda, significaría un gran avance que cuenta con todo mi apoyo.

Por último, no me queda más que felicitar a mi compañera María Pérez Galván por el excelente trabajo que ha hecho organizando estas jornadas, por haber sabido elegir ponentes, temas e incluso restaurante para cenar (el fantástico hotel Alfonso XIII).

Así, con todos estos ingredientes, es difícil resistirse a saber un poquito más de Derecho de Familia.

Carmen Varela Álvarez @CarmenVarelaAlv )

Abogada de Familia en Barcelona